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¡Atención! Ahora los Food Trucks deberán de cumplir 9 requisitos para funcionar legalmente

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Diputados aprobaron en primer debate el expediente 22.282 que fue una iniciativa del Diputado Daniel Ulate.

Esta nueva ley busca regular a los Food Trucks que venden alimentos u otros productos y que se observan mucho en varias partes del país.

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Por ejemplo, en Puntarenas, en donde se ubican gran cantidad de estos carritos cercanías del Faro. Ahora con esta nueva ley se regularán y deberán cumplir 9 cláusulas para funcionar en regla.

“Actualmente no existe una regulación para este novedoso modelo y es de gran importancia trabajar en una normativa que brinde seguridad jurídica, no solo para el usuario final, sino para todos aquellos emprendedores que mediante este tipo de actividad buscan consolidar un negocio”, dijo Ulate.

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Estos son los requisitos

La persona que ya tenga un food truck deberá contar con un permiso del Ministerio de Salud, además las municipalidades generarán un permiso municipal el cual les permita a estos emprendimientos estacionarse dentro de un determinado cantón.

El texto del proyecto señala al menos nueve requisitos que deberán cumplir estos negocios rodantes:

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  • Solicitar el permiso temporal a la Municipalidad que determine el espacio físico habilitado para desarrollar la actividad de comercio sobre ruedas.
  • Tramitar el Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF), en el Área Rectora del Ministerio de Salud.
  • Solicitar la licencia comercial temporal especial prevista en la presente ley, ante la Municipalidad del cantón con la que operará el comercio.
  • Tramitar una póliza de riesgos del trabajo.
  • Inscribir ante el Ministerio de Hacienda la actividad empresarial que realiza.
  • Inscribirse ante la Caja Costarricense de Seguro Social.
  • Permiso respectivo para la utilización de gas licuado de petróleo GLP, según normativa y cuando sea aplicable. Los comercios que no tengan venta de alimentos quedan exentos de este requisito.
  • Las personas encargadas con la manipulación de productos alimentarios deberán tener vigente el curso de manipulación de alimentos otorgado por cualquier ente competente o autorizado. Los comercios que no tengan venta de alimentos quedan exentos de este requisito.
  • Los propietarios del comercio sobre ruedas deberán exhibir los permisos correspondientes en un lugar visible de los vehículos de transporte.

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