Salud

Dinadeco ordenó a organizaciones de desarrollo al cierre total de todo espacio de uso comunal

El articulo continua después del anuncio
El artículo continúa debajo del anuncio

Parques comunales e infantiles, espacios deportivos, salones comunales y multiuso, centros diurnos para adultos mayores, gimnasios al aire libre y toda infraestructura comunal propiedad o en administración de una organización comunal deberá permanecer cerradas según instrucción emitida por la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco) mediante la resolución DND N°013-2020.

La medida fue tomada por la Institución en atención a la declaratoria de emergencia nacional emitida por el Gobierno de la República producto de la alerta sanitaria por el coronavirus COVID 19.

El artículo continúa debajo del anuncio

Apelamos a un movimiento comunal sabio y prudente. Este es el momento para demostrar que la dirigencia comunal del país está comprometida con Costa Rica. A partir de hoy ponemos un alto a toda actividad que genere un riesgo de transmisión y propagación del COVID 19. Estas disposiciones las emitimos con el único interés que debe privar y que es salvaguardar la vida de todas y cada una de las personas que habitamos en este país”, aseveró el director nacional de Dinadeco, Franklin Corella Vargas.

Las organizaciones de desarrollo también deberán cancelar actividades comunales, talleres, capacitaciones, reuniones (incluso de junta directiva) que impliquen concentración de personas en espacios comunales.

Los establecimientos mencionados, deberán permanecer cerrados hasta tanto no se tenga noticia por parte de las instancias competentes, Ministerio de Salud y Comisión Nacional de Emergencias, sobre el levantamiento de la emergencia nacional.

El cumplimiento de estas disposiciones es de acatamiento obligatorio so pena de la clausura o cierre de los espacios comunales por parte del Ministerio de Salud y la Fuerza Pública. 

Para ello, Dinadeco coordinará con los cuerpos policiales y autoridades de salud, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo N°42227-MP-S del 16 de marzo del 2020.

El artículo continúa debajo del anuncio
Botón volver arriba