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Este será la nueva restricción para comercios, parques, playas e instituciones públicas

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Las reglas de funcionamiento que rigen para ciertos establecimientos entre el 31 de mayo y el 6 de junio son:

  • Los supermercados, minisúper, pulperías y licoreras deberán ajustarse al horario de funcionamiento de 5:00 am a 9:00 pm.
  • Se prorrogan los aforos diferenciados:
  1. Actividades académicas y empresariales → 150 personas
  2. Salones de eventos sociales: → 30 personas
  3. Lugares de culto → 200 personas
  4. Bares → 25% capacidad
  5. Hoteles de más de 100 habitaciones → 75% capacidad
  6. Parques Nacionales (salvo Volcán Poás) → 50% capacidad.
  7. Playas: 6:00 pm

Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público continuarán funcionando en horario de 5:00 am a 9:00 pm.

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Asimismo, se recordó que todas las instituciones públicas del país deben maximizar las medidas de teletrabajo, bajo un plan básico de funcionamiento de actividades presenciales que no supere el 20% de personal presencial.

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