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¿Le cobran el equipaje en el transporte público? Esto dijo ARESEP

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) rechaza cualquier acto de discriminación a usuarios de los servicios de transporte, como bus, taxi, tren o cabotaje.

Las empresas de transporte público no pueden cobrar un pasaje o monto adicional a las personas con obesidad o que utilizan silla de ruedas u otros mecanismos para trasladarse.

La Aresep no autoriza el cobro de maletas, objetos personales o sacos de alimentos a las personas que utilizan el autobús.

El criterio señala que “es común que las personas que viven en zonas rurales requieran del traslado de un lugar a otro cargando equipaje de cualquier tipo, desde objetos personales hasta sacos de alimentos, entre otros. Así, el Estado debe brindar protección a estas personas de forma tal que no le sea ofrecido un trato diferenciado al utilizar los servicios públicos”.

El Intendente Araya explicó que “en ninguna parte se condiciona que un pasajero viaje con o sin equipaje, lo que el pasajero paga es para trasladarse de un punto a otro satisfaciendo las necesidades de los usuarios”.  Es decir, recibir un ingreso adicional a la tarifa, podría considerarse un cobro de tarifa no autorizada.


El Intendente de Transporte, Edward Araya, explicó que “estamos velando por que a todas las personas se les dé un trato justo, sin ningún tipo de cobro doble que a un usuario por su condición física se configura en un cobro de tarifa no autorizada y puede ser sancionado por la ARESEP, según lo establece la ley”, dijo.

Por medio del oficio OF-0210-IT-2022 se brindó un criterio técnico y legal, ante la consulta de un usuario, por la negación del servicio de taxi y un cobro doble del pasaje a personas con obesidad.

Este documento señala que “queda suficientemente claro que no existe posibilidad alguna que un operador del servicio incorpore otras condiciones al cobro por el servicio brindado, como sería las condiciones físicas del usuario.

Con esta acción deja entrever el incumplimiento y violación a las normas no solamente en materia de dignidad humana, principios de igualdad, accesibilidad, entre otros, sino también en materia regulatoria del servicio público”.






sinpe

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