El Gobierno de la República informa a la población que la restricción vehicular sanitaria sigue vigente, por lo que reitera a los conductores la necesidad de respetar la medida y evitar multas, explicó el Ministro de Comunicación, Agustín Castro.
La Procuraduría General de la República presentó una apelación contra la medida cautelar otorgada recientemente por un juez del Tribunal Contencioso Administrativo, y por tal motivo esa medida no está en firme.
Además, la medida cautelar pretendía dejar sin efectos los decretos ejecutivos 42524 MOPT-S y 42525 MOPT-S, los cuales fueron emitidos en el mes de agosto y que actualmente no tienen vigencia.
Por otra parte, este viernes el juez Alcevith Godínez, dictó una aclaración a las once horas, sentencia 552-2020-Bis, en donde indica que su resolución no es extensiva a otros decretos de restricción vehicular sanitaria y solo alcanza esos dos decretos.
’La restricción vehicular sanitaria sigue en pie y debe de ser respetada para evitar multas’’, manifestó el Ministro de Comunicación, Castro.
Se reitera que la restricción vehicular vigente establece que se puede circular en un horario de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. entre semana y de las 9:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. durante los fines de semana no se podrá circular. Salvo la lista de excepciones, no circulan: lunes placa 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles: 5 y 6, jueves: 7 y 8, y viernes: 9 y 0.
La restricción vehicular sanitaria tiene como objetivo contribuir a la disminución de la propagación de la pandemia del COVID-19.
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