Contraloría y Procuraduría cuestionan proyecto de condonación de deudas municipales a personas en pobreza extrema
Falta de datos, riesgos financieros y vacíos legales destacan en los informes de ambos entes
La Contraloría General de la República (CGR) y la Procuraduría General de la República (PGR) advirtieron serias debilidades en el proyecto de ley que busca condonar impuestos, tasas y multas municipales a familias declaradas en pobreza extrema.
Según ambas instituciones, la iniciativa carece de datos precisos, pone en riesgo la sostenibilidad financiera de los gobiernos locales y deja espacios abiertos a interpretaciones legales que podrían dificultar su aplicación.
Condonación sin claridad
El proyecto, impulsado por el diputado liberacionista Gilbert Jiménez Siles bajo el expediente 24.319, propone agregar un artículo 79 bis al Código Municipal, permitiendo a las municipalidades condonar deudas tributarias a personas en pobreza extrema, por el tiempo que mantengan esa condición.
Sin embargo, en el oficio DFOE-LOC-0831, emitido el 12 de mayo, la CGR advirtió que esta autorización podría afectar gravemente las finanzas municipales. Muchas de estas instituciones dependen de estos ingresos para atender las necesidades básicas de sus comunidades.
“El proyecto no especifica qué impuestos, tasas, multas o servicios estarían cubiertos por la condonación, ni si se trata de una medida de aplicación general”, indicó la Contraloría.
Además, el ente fiscalizador cuestionó que el plan no incluya proyecciones del impacto económico ni análisis de cuántas personas serían beneficiadas. La CGR instó a los diputados a buscar soluciones estructurales en lugar de medidas temporales que no resuelven la raíz del problema.
La PGR exige precisión legal
Por su parte, la PGR señaló que el término “adeudos” es demasiado amplio y que el proyecto debe aclarar si se refiere a todas las tasas municipales o solo a algunas, ya que estas están directamente vinculadas a la prestación de servicios locales.
Además, la Procuraduría advirtió que las condonaciones deben tratarse como medidas excepcionales, justificadas con criterios de razonabilidad y conveniencia para el Estado.
Citó el dictamen C-PGR-C-044-2022, en el cual se establece que estas decisiones no pueden considerarse una obligación automática por parte de las administraciones tributarias.
También sugirió incorporar un mecanismo de control conjunto entre las municipalidades y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), para identificar y verificar a las personas beneficiarias.
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