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Tiene una bicimoto? Así debe inscribirla según el Registro Nacional

El Registro Nacional recuerda que, si requiere inscribir una bicimoto, estas están sujetas al mismo marco normativo y procedimientos que se aplica a la totalidad de los vehículos automotores para su debida inscripción en el país.

El procedimiento para la inscripción se encuentra establecido en el Reglamento de Bienes Muebles, específicamente en el artículo 114 del Decreto Ejecutivo N°44649. Y también se pueden encontrar en la Guía de Calificación Registral institucional, que se encuentra en el sitiob web https://www.rnpdigital.com/centroinforegistral/registros/bienes%20muebles/GuiasCalificacion/Guia%20Calificacion%20Registro%20Bienes%20Muebles.pdf

Requisitos obligatorios:

1- El trámite debe ser realizado exclusivamente por una abogado-notario público.

2- La documentación debe ser presentada por medio de la Ventanilla Digital.

El Registro Nacional insta a la ciudadanía para que verifique los requisitos técnicos y fiscales necesarios para realizar el trámite de inscripción.

Para más información puede comunicarse al Centro de Contactos a los teléfonos 2202-0777 y 2202-0888 o al chat en el sitio web www.rnpdigital.com

 

 

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