Puntarenas

Municipalidad de Puntarenas incumple un recurso de amparo

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La Sala Constitucional reiteró el incumplimiento del alcalde de la Municipalidad de Puntarenas, Wilber Madriz Arguedas, y el presidente del Concejo Municipal, Luis Gerardo López Godínez, a un recurso de amparo presentado por una persona con discapacidad causada por una paraplejia a la que se le negó una silla de ruedas eléctrica en abril del 2021.

“Soy una persona parapléjica (…) que dependo (…) de una silla de ruedas, el cual actualmente no cuento con los recursos necesarios, una silla de ruedas que es indispensable para poderme movilizar y tener independencia y autonomía (…) para así (…) como una persona con discapacidad y alcanzar las demás oportunidades como las otras personas, es por eso que les pido con todo respeto me aprueben la solicitud que les estoy enviando”, menciona el recurso de amparo presentado por el hombre.

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Según el recurso, las autoridades municipales debían girar “las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que, dentro del plazo de 15 días (…) se resuelva la gestión planteada”, sin embargo, a la fecha, el afectado señala que no ha recibido la silla de ruedas eléctrica solicitada.

Se advierte que, de conformidad con lo establecido en el artículo 71, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de 3 meses a 2 años, o de 20 a 60 días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo, y no la cumpliere o hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena a la Municipalidad de Puntarenas al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a la presente declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso-administrativo”, mencionó la Sala Constitucional.

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