Municipales

Presentan recurso de amparo contra la Municipalidad de Puntarenas

Un ciudadano ha presentado un recurso de amparo contra la Municipalidad de Puntarenas debido a la falta de seguridad en la finca Socorrito.

Según manifiesta, esta finca es un plantel municipal donde la Unidad Técnica de Gestión Vial tiene su centro de operaciones y guarda toda la maquinaria, repuestos e insumos de construcción de carreteras, entre otros.

Sin embargo, preocupa al recurrente que la finca no cuente con un cierre perimetral, lo que expone todos estos activos ante posibles delincuentes.

Además, el ciudadano señala que la finca está al cuidado de un oficial de seguridad quien, lamentablemente, se encuentra expuesto a las inclemencias del tiempo como la lluvia, el sol y el polvo, ya que no cuenta con una caseta de seguridad.

También destaca que al oficial de seguridad no se le proporcionan implementos de seguridad adecuados como un foco, un chaleco antibalas o un arma de fuego. Asimismo, el guarda no cuenta con alumbrado ni con servicios sanitarios, lo que dificulta aún más su labor.


Ante esta situación, el ciudadano solicita que se realice un cerramiento de la finca Socorrito y se coloque iluminación adecuada para garantizar la seguridad de los activos que se encuentran en el lugar. Además, pide que se provean al oficial de seguridad los implementos necesarios para llevar a cabo su trabajo de manera segura y eficiente.

En un escrito posterior, el ciudadano aclara que si bien ha planteado la denuncia correspondiente este año, lo hizo de forma verbal convocando a una reunión presencial con su jefa inmediata, la señora Marta Román, coordinadora de Servicios Generales.

Durante esta reunión, la señora Román citó al alcalde Wilbert Madriz y al ingeniero Jeffry Ramírez, encargado de la Unidad Técnica de Gestión Vial, para que observaran la problemática señalada en las instalaciones.

Por lo tanto, los funcionarios mencionados no pueden alegar desconocimiento de la situación, ya que incluso hicieron promesas que hasta el momento no han cumplido.

Ante esta situación, el ciudadano acude a la Sala en busca de protección de sus derechos fundamentales y solicita que se declare con lugar el recurso de amparo presentado.

La Sala Constitucional declaró con lugar el Recurso de Amparo presentado y le ordene a la Municipalidad a ejecutar

Se declara parcialmente con lugar el recurso. Se ordena a Wilmer Madriz
Arguedas en calidad de alcalde Municipal, Martha Román González en
calidad de directora de la Unidad Técnica de Gestión Vial y Jeffrey Ramírez Castro en calidad de director de la Unidad Técnica, todos de la Municipalidad de Puntarenas o a quienes en su lugar ocupen los cargos para que procedan en FORMA INMEDIATA a gestionar lo que corresponda a fin de suministrarle al recurrente un chaleco antibalas durante el desempeño de sus funciones.

Lo anterior se dicta con la advertencia que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá pena de prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa a quien reciba una orden de esta Sala que deba cumplir o hacer cumplir y la inobserve, siempre que el delito no esté más gravemente penado.

Se condena a la Municipalidad de Puntarenas al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.






sinpe

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