Política

​TSE recuerda: Medios y ciudadanos no podrán publicar sondeos de opinión en pleno proceso

El artículo continúa abajo

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda a los medios de comunicación y ciudadanos que no se puede publicar sondeos de opinión en pleno proceso electoral.

 

En el  artículo único de la sesión extraordinaria número 10-2026 celebrada esta mañana reiteró a las candidaturas, partidos políticos, casas encuestadoras, medios de comunicación y a la ciudadanía en general, que la ley electoral prohíbe “la difusión o publicación, parcial o total, por cualquier medio, de sondeos de opinión y encuestas relativas a procesos electorales…” durante los tres días anteriores y el propio día de la elección. El incumplimiento a esa restricción es sancionado con multas que van de 10 a 50 salarios base.

El artículo continúa abajo

 

La Magistratura Electoral además insistió en que las personas físicas y jurídicas deben abstenerse de difundir, de cualquier manera (incluidas las redes sociales y plataformas digitales), resultados parciales o totales de encuestas y sondeos de opinión. El incumplimiento a esa disposición de la Autoridad Electoral podría configurar el delito de desobediencia castigado con penas privativas de libertad.

 

El artículo continúa abajo

Esta veda, como las otras que se contemplan en el Código Electoral, es una garantía adicional para el voto libre de las personas ciudadanas.

 

 

El artículo continúa abajo

 

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba