Política

Proceso por beligerancia política contra Chaves queda suspendido hasta mayo, confirma el TSE

TSE respeta decisión del Congreso

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se pronunció tras la decisión de la Asamblea Legislativa de no levantar la inmunidad al presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, en el marco de una investigación por beligerancia política, de cara a las Elecciones Nacionales de 2026.

Mediante un comunicado oficial, el órgano electoral señaló que respeta la decisión política adoptada por el Poder Legislativo, aclarando que dicha resolución responde a valoraciones propias del ámbito parlamentario, las cuales pueden incluir criterios de coyuntura y conveniencia política.

No obstante, el TSE fue enfático en marcar una diferencia entre esas valoraciones y las consideraciones técnico-jurídicas que rigen el actuar de los jueces electorales.

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Proceso sancionador queda suspendido temporalmente

El Tribunal explicó que, debido a la decisión legislativa, el proceso sancionador por beligerancia política contra el mandatario queda temporalmente suspendido.

Según detalló el TSE, el procedimiento podrá reanudar su curso una vez que el presidente pierda su inmunidad constitucional, lo cual ocurrirá al finalizar su mandato el 8 de mayo próximo.

La suspensión no implica el archivo del caso, sino una pausa obligatoria mientras el jerarca mantenga el fuero constitucional.

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TSE reafirma su competencia exclusiva

Pese a la negativa del Congreso, el Tribunal destacó como un elemento positivo y relevante que tanto la comisión legislativa, como el informe de mayoría, el criterio de Servicios Técnicos y la votación del plenario, ratificaron expresamente la competencia del TSE para:

  • Investigar denuncias por beligerancia política

  • Sancionar a funcionarios públicos

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  • Solicitar el levantamiento de inmunidad cuando así corresponda

Esto, según el órgano electoral, fortalece su papel como autoridad exclusiva en materia electoral.

¿Qué es la beligerancia política?

La beligerancia política es un ilícito que cometen los funcionarios públicos cuando incumplen su deber de imparcialidad político-partidaria, utilizando su cargo para favorecer o perjudicar opciones electorales.

De comprobarse, la sanción contempla:

  • Destitución del cargo

  • Inhabilitación para ejercer cargos públicos por un período de dos a cuatro años

Estas sanciones están contempladas en el artículo 95 inciso 3 de la Constitución Política y el artículo 146 del Código Electoral.

Origen de la solicitud de levantamiento de inmunidad

La solicitud presentada ante la Asamblea Legislativa surgió luego de que la Sección Especializada del TSE declarara admisibles 15 denuncias por beligerancia política contra el presidente Chaves Robles.

Dicha decisión se tomó tras una investigación preliminar, la cual consideró que existían elementos suficientes para iniciar un procedimiento sancionador formal.

El Tribunal recordó que, tratándose de un funcionario con fuero de protección constitucional, la ley exige que la inmunidad sea levantada por una mayoría calificada, conforme al artículo 102 inciso 5 de la Constitución y el artículo 270 del Código Electoral.

Contexto electoral rumbo al 2026

El pronunciamiento del TSE se da en un momento clave para el país, a pocos meses del inicio formal del proceso electoral rumbo a 2026, reafirmando su rol como garante de la democracia, la legalidad y la imparcialidad en el ejercicio del poder público.

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