Nacionales

Colegio de Médicos y Procuraduría coinciden: Receta digital de antimicrobianos violenta la privacidad

El artículo continúa abajo

​La Procuraduría General de la República señaló serios vicios de inconstitucionalidad en el decreto ejecutivo #44714-S, tras una acción interpuesta por el Colegio de Médicos y Cirujanos. Según el criterio legal, la normativa actual violenta derechos fundamentales como la intimidad, la autodeterminación informativa y la salud, al presentar problemas de razonabilidad y proporcionalidad en el manejo de datos médicos.

 

En su criterio remitido a la Sala Constitucional, la Procuraduría también validó la legitimación del Colegio como accionante, al reconocer que las disposiciones impugnadas inciden directamente en el ejercicio profesional médico y en la relación médico-paciente.

El artículo continúa abajo

 

Además, advierte que a pesar de la importancia de la vigilancia epidemiológica y aceptando que podría constituir una excepción válida a la autodeterminación informativa, claramente señala “que ello no puede derivar en un cheque en blanco para el tratamiento irrestricto de datos sensibles en una base de datos administrada por un tercero no sujeto al secreto profesional o funcionarial”. El decreto establece un sistema de prescripción electrónica obligatoria que permite, además, la identificación de la información clínica de las personas usuarias del servicio médico y ello, en forma detallada sin que existan mecanismos de garantía que protejan tal información.

 

El artículo continúa abajo

Como lo viene indicando el Colegio, desde la interposición de la medida cautelar, y posterior presentación de la acción de inconstitucionalidad, las normas cuestionadas ponen en peligro el principio de confidencialidad de la relación médico-paciente, el secreto profesional, el derecho a la intimidad, a la protección de los datos sensibles de los pacientes y el acceso a los servicios de salud. El colegio también ha señalado que no está en contra de la totalidad del reglamento, sino únicamente de los artículos 11 y 13, incisos l), m) y n). Estas disposiciones son las que imponen, por un lado, la obligatoriedad de que el formulario electrónico que debe llenar el médico para el despacho de los medicamentos, consigne datos sensibles como el diagnóstico o padecimiento clínico del paciente, la fecha y resultado de frotis o cultivos y las alergias medicamentosas de los pacientes.

 

Para el presidente del Colegio de Médicos y Cirujanos, Dr. Elliott Garita Jiménez, el criterio de la Procuraduría confirma la solidez jurídica de las acciones judiciales interpuestas por el gremio, al quedar en evidencia que el decreto va mucho más allá de una simple herramienta tecnológica y crea un sistema obligatorio de recopilación y tratamiento de datos sensibles sin el respaldo legal que exige la Constitución.

El artículo continúa abajo

 

“La obligatoriedad de utilizar únicamente recetas digitales para la prescripción y despacho de antimicrobianos, como lo impone el artículo 11 del decreto, puede afectar gravemente la atención de los pacientes, ya que condiciona el acceso a medicamentos esenciales a una plataforma electrónica centralizada, lo que pone en riesgo la oportunidad y continuidad del tratamiento, especialmente en zonas rurales, centros con limitaciones tecnológicas o en situaciones de emergencia”, manifestó el Dr. Garita Jiménez.

 

Para el Colegio, exigir la consignación de diagnósticos, resultados de pruebas y alergias dentro de un sistema interoperable expone de forma innecesaria la información más íntima de las personas, al tratarse de datos que pertenecen al núcleo más protegido de la privacidad y que no pueden ser almacenados, cruzados y analizados por el Estado mediante un simple reglamento, sino únicamente mediante una ley formal que establezca límites claros y garantías reales para los pacientes.

 

El Colegio de Médicos y Cirujanos reiteró que respalda el uso responsable de tecnologías en salud, pero advirtió que estas no pueden imponerse vulnerando derechos fundamentales ni sustituyendo al legislador, por lo que la tecnología debe estar al servicio de las personas y de una atención médica segura, no por encima de la Constitución.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba